Por Soledad Dávila López, Secretaria General FIMPA
Estos pequeños y al mismo tiempo grandes pasos en la Comunidad de Madrid que representan, a pesar de sus limitaciones, el actual Plan Renove para Puertas de Garaje y la anterior incorporación de las puertas en el Plan Renove de Maquinaría Industrial de la CAM ( el cual acaba de ser renovado ), además de marcar hitos, van sumando y trazando un camino hacia futuros y posibles Planes Renove de puertas a medida del sector.
EMPRESAS INSTALADORAS ADHERIDAS AL PLAN RENOVE DE PUERTAS DE GARAJE DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las modificaciones de las puertas motorizadas de garaje cuya puesta en servicio se realizó con anterioridad al 1 de enero de 1995 para que, realizando las modificaciones necesarias y añadiendo los dispositivos de seguridad preceptivos, cumplan la normativa vigente y sean objeto de Marcado CE y de la correspondiente Declaración CE de Conformidad, acorde con la Directiva de Máquinas y demás Directivas de aplicación, como las de Baja Tensión, Compatibilidad Electromagnética y, en su caso, Equipos Radioeléctricos y Equipos Terminales de Telecomunicación.
Las modificaciones se realizarán de acuerdo con lo establecido en la Directiva de Máquinas 2006/42/CE, Norma Armonizada EN 13.241, Anexo ZA y Norma UNE 85635, en lo que se refiere a las tareas a desarrollar por los agentes que modifiquen las puertas, a los componentes mínimos para garantizar la seguridad de las puertas y a la documentación necesaria y que se debe entregar a los titulares de dichas puertas.
Además, se deben cumplir las condiciones siguientes:
La actuación debe realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Podrán ser beneficiarios de los incentivos previstos por este Plan Renove los propietarios de las puertas motorizadas de garaje.
Todos los equipos y componentes eléctricos y/o electrónicos que se instalen y para los que sea preceptivo, deben contar con el Marcado CE dado por el suministrador de los mismos.
En el caso de puertas accionadas por un mando a distancia, se deberá cumplir con la Directiva 95/5/CE de Equipos Radioeléctricos y Equipos Terminales de Telecomunicación.
Podrán acogerse al Plan las actuaciones que se realicen desde el 1 de enero de 2015 y hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles, con el límite del 30 de diciembre de 2015.
La cuantía de los incentivos que podrán recibir los propietarios que modifiquen las puertas cumpliendo los requisitos establecidos y se hayan acogido al Plan Renove, ascenderá a 120 €, con el límite del 25% del coste elegible, que se percibirán por transferencia a la cuenta de solicitante, una vez presentada la solicitud y verificado el cumplimiento de todos los requisitos.
El coste elegible estará formado únicamente por los conceptos de compra de equipos, incluyendo cualquier elemento adicional y mano de obra necesaria para su instalación. No se incluirá como coste elegible el IVA, así como los gastos que no estén claramente definidos o no resulten imputables directamente a la actuación susceptible de ayuda. Tampoco se considerará inversión incentivable todo aquel pago que no haya sido efectuado a través de medio bancario o aquellos pagos que hayan sido realizados antes o después de las fechas de inicio y finalización del periodo de vigencia del Plan Renove.
Adicionalmente, las Empresas Instaladoras Adheridas al Plan Renove efectuarán un descuento adicional de 200 €, sobre la base imponible de la factura emitida al cliente, por los trabajos y equipamiento necesarios para otorgar el Marcado CE de la puerta, una vez haya sido modificada. Este descuento será condicionado a la firma de un contrato de mantenimiento, por un mínimo de 3 años, que garantice el preceptivo mantenimiento de la puerta de garaje acogida a este Plan y acorde con la Norma UNE 85635.
EMPRESAS INSTALADORAS ADHERIDAS